Normas de información financiera 542
Les presento mi portafolio de evidencias, donde encontraran todos mis trabajos y apuntes relevantes a lo largo del curso :) Kenya Gabriela Angulo Perez
viernes, 22 de mayo de 2015
jueves, 21 de mayo de 2015
"Apuntes de clase"
NIF B-1
El objetivo de esta NIF es establecer normas particulares de presentación y revelación
de cambios contables y correcciones de errores.
Su alcance: Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas
las entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF
A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
*Aplicación prospectiva: Es el reconocimiento, en el periodo actual y en periodos
futuros, del efecto de un “cambio contable” a partir de la fecha en que éste
ocurre.
*Aplicación retrospectiva: Es el reconocimiento del efecto de un cambio contable
o de la corrección de un error, en periodos anteriores a la fecha en que esto
ocurre, como si el tratamiento o reclasificación adoptado siempre se hubiera
aplicado o el error no hubiera ocurrido.
-Todos los cambios en normas particulares, reclasificaciones y correcciones de errores,
deben reconocerse mediante su aplicación retrospectiva.
Los errores en estados financieros de periodos anteriores, deben corregirse desde el
momento en que se conocen, y se derivan de situaciones tales como omisiones o mal
uso de información, errores aritméticos en el procesamiento, etc.
Los cambios en estimaciones contables no deben calificarse como errores contables.
El cambio en una estimación contable afecta directamente al mismo concepto o rubro
de los estados financieros que lo originó y, por tanto, debe reconocerse ajustando los
activos, pasivos y renglones del capital o patrimonio contable y del estado de resultados
o de actividades que resulten afectados:
a) En el periodo del cambio, si el cambio afecta solamente a este periodo, o
b) Sistemáticamente en el periodo del cambio y en futuros periodos, si el cambio los
afecta
NIF B-9
Su objetivo es:
Establecer,respecto a la información financiera a fechas intermedias:
*Las normas de reconocimiento que deben seguirse para su determinación; y
*Su contenido, ya sea que se presente en forma completa o condensada.
El alcance:
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emitan
estados financieros a fechas intermedias en los términos de las NIF A-3,
Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros (NIF A-3); y
NIF A-7, Presentación y revelación (NIF A-7).
Un periodo intermedio; es todo periodo contable menor que uno anual completo,
por ejemplo, un trimestre;
La información financiera a fechas intermedias; es aquella información que
corresponde a un determinado periodo intermedio y que contiene estados
financieros completos o condensados.
Estados financieros completos; son el conjunto de estados financieros básicos
y sus notas establecidos en la NIF A-3, determinados y presentados con base en
las NIF, en términos semejantes a los estados financieros anuales y que están
referidos a un período específico.
Periodos intermedios por los que se requiere presentar información:
-Estado de situación financiera
-Estado de resultados o actividades
-Estado de variaciones en el capital contable
-Estado de flujos de efectivo
lunes, 18 de mayo de 2015
domingo, 17 de mayo de 2015
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